Medida aprobada por el Consejo de Ministros

En un intento por enfrentar el aumento del desempleo de larga duración, el Consejo de Ministros ha aprobado una nueva norma que garantiza una ayuda económica a aquellas personas que hayan agotado totalmente su prestación por desempleo. La ayuda, cuyo importe máximo será de 1.600 euros al mes, entrará en vigor a partir del próximo 1 de julio y forma parte del Plan de Protección Social 2026‑2029.

Según la portavoz del Ministerio de Trabajo, la iniciativa responde a la necesidad de ofrecer un respaldo digno a quienes, tras consumir el paro contributivo, siguen sin encontrar empleo y se encuentran en situaciones de vulnerabilidad.

Quiénes pueden acceder a la ayuda

El beneficio está dirigido a todos los trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo (paro) completa.
  • Estar inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo.
  • No tener ingresos superiores al 75 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en el mes anterior a la solicitud.
  • No estar percibiendo ninguna otra ayuda pública de naturaleza similar.

Se estima que alrededor de 850 000 personas podrían ser beneficiarias en el primer año de aplicación, según los datos preliminares del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Cuánto se recibirá y cómo se calcula

El importe de la ayuda no será fijo para todos; se calculará tomando como base el último salario base de cotización y aplicando un porcentaje que varía según la carga familiar:

  • Sin hijos a cargo: 70 % del último salario base, con un tope de 1.200 euros.
  • Con uno o dos hijos a cargo: 80 % del último salario base, con un tope de 1.400 euros.
  • Con tres o más hijos a cargo o con familiares dependientes con discapacidad: 90 % del último salario base, con un tope de 1.600 euros.

El pago será mensual y se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el solicitante. La ayuda tendrá una duración máxima de 12 meses, prorrogable en casos excepcionales de formación certificada o de programas de inserción laboral aprobados por el SEPE.

Procedimiento de solicitud y plazos

Los interesados deberán presentar la solicitud a través de la sede electrónica del SEPE o de forma presencial en las oficinas de empleo. La documentación necesaria incluye:

  • DNI o NIE en vigor.
  • Informe de vida laboral actualizado.
  • Justificante de agotamiento de la prestación por desempleo.
  • Declaración responsable de ingresos y situación familiar.

El plazo para resolver cada solicitud será de máximo 15 días hábiles desde la presentación completa de la documentación. En caso de denegación, el interesado podrá presentar recurso de reposición dentro del mes siguiente a la notificación.

Impacto esperado y reacciones sociales

El Gobierno calcula que la medida reducirá en un 12 % la tasa de pobreza severa entre los hogares con desempleo de larga duración y aumentará en un 8 % la tasa de retorno al empleo dentro del primer año de recibir la ayuda, gracias a los itinerarios de formación vinculados a la prestación.

Los principales sindicatos han valorado positivamente la iniciativa, destacando que «por fin se reconoce la necesidad de un respaldo económico que evite el descenso a la exclusión social». Por otro lado, algunas organizaciones empresariales han expresado preocupación por el coste fiscal, aunque el Ejecutivo asegura que la financiación provendrá de una reasignación de partidas del Fondo de Contingencia y de un pequeño ajuste en las cotizaciones a la Seguridad Social destinadas a políticas activas de empleo.

Con esta norma, España se coloca a la vanguardia de las políticas de protección social en Europa, intentando equilibrar el apoyo inmediato a los más vulnerables con incentivos que favorezcan su reintegración al mercado laboral.